El alta es un acto administrativo por el cual la Seguridad Social reconoce que inicias una actividad, con los derechos y obligaciones correspondientes. El alta es obligatoria. En caso de incumplimiento la sanción va a oscilar entre un mínimo de 3.000€ y máximo de 10.000€ y se va a imponer a cada uno de los artistas escénicos no contratados debidamente, así como al programador.
Las bajas son actos administrativos por los que se extingue la relación jurídica de Seguridad Social. Las altas y bajas pueden ser múltiples, sucesivas o incluso simultáneas si se desarrolla más de una actividad.